El Ministerio Público solicitó al Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazar la petición de extinción de la acción penal presentada por la defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, principal imputado en un proceso por presuntos actos de corrupción administrativa.
Durante la audiencia, la directora de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, sostuvo que la extinción de la acción penal constituye una sanción procesal que solo procede cuando el retraso del proceso es consecuencia de la inactividad o negligencia de las autoridades. En este caso, afirmó que la duración del juicio responde a la complejidad del expediente y no a una actuación deficiente del Ministerio Público.
La magistrada explicó que el artículo 146 del Código Procesal Penal, modificado por la Ley 97-25, establece los criterios para valorar si un proceso ha transcurrido dentro de un plazo razonable. En ese contexto, resaltó que el expediente contiene un volumen probatorio considerablemente superior al de otros casos de corrupción conocidos por los tribunales.
Ortiz añadió que diversos aplazamientos obedecieron a situaciones ajenas al órgano acusador, entre ellas problemas de salud de algunos participantes, intervenciones quirúrgicas, solicitudes formuladas por las defensas, el ejercicio de derechos procesales y la carga de trabajo de los tribunales.
Como respaldo a su planteamiento, la representante del Ministerio Público citó la decisión emitida el 17 de marzo de 2025 por el mismo tribunal en el proceso seguido contra Juan Alexis Medina Sánchez, en la que también fue rechazada una solicitud de extinción de la acción penal.
Ministerio Público atribuye los retrasos a una estrategia de la defensa
En su intervención, el fiscal Emmanuel Ramírez, adscrito a la Dirección General de Persecución, afirmó que gran parte de la duración del proceso responde a una estrategia dilatoria desarrollada por las defensas durante la etapa de investigación y el juicio.
El representante del órgano acusador indicó que una de las defensas interpuso cinco recusaciones consecutivas contra los fiscales encargados del caso, todas rechazadas por los tribunales al carecer de fundamento jurídico. A su juicio, dichas acciones tenían como finalidad retrasar el avance del proceso.
Asimismo, recordó que se trata de uno de los expedientes de corrupción administrativa más extensos y complejos que ha conocido la justicia dominicana, por lo que no resulta razonable atribuir el tiempo transcurrido exclusivamente al Ministerio Público.
No puede alegarse la extinción de la acción penal por el simple paso del tiempo cuando los propios incidentes promovidos por las defensas han contribuido significativamente a los aplazamientos del proceso", expresó Ramírez ante el tribunal.






