Nuevo Código Penal castiga con hasta 20 años de prisión el robo agravado de celulares

Las sustracciones de teléfonos celulares pasan a formar parte de los robos agravados contemplados en el nuevo Código Penal dominicano, una clasificación que podría elevar las penas hasta 20 años de prisión, según explicó la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso.

La magistrada indicó que la incorporación de los celulares entre los bienes cuya sustracción constituye un robo agravado responde a la alta frecuencia con que se registra este delito en la República Dominicana.

“Si el robo recae sobre teléfonos celulares, es agravado, es una de las cosas nuevas, y se va a castigar entonces con una pena de 10 a 20 años”, explicó Reynoso durante el taller “Código Penal abierto ante la prensa y la comunicación”.

La procuradora señaló que el robo agravado contempla sanciones que pueden aumentar dependiendo de las circunstancias en las que se cometa el hecho y de la concurrencia de otras infracciones.

Robo de metales también será agravado

El nuevo Código Penal también endurece las sanciones contra el robo de metales, considerado uno de los bienes más sustraídos en el país.

De acuerdo con Reynoso, los celulares encabezan este tipo de sustracciones, seguidos por las motocicletas y, en tercer lugar, los metales.

La procuradora explicó que este último delito puede generar pérdidas considerablemente superiores al valor obtenido por quienes comercializan ilegalmente el material.

Como ejemplo, señaló que se han registrado casos de piezas metálicas cuya instalación representa para el Estado un costo superior a 300 dólares, pero que posteriormente son vendidas por los responsables del robo por apenas 70 pesos.

Reynoso advirtió que las consecuencias pueden ir más allá de las pérdidas económicas, debido a que la sustracción de determinados componentes de infraestructuras y servicios públicos puede poner en riesgo la seguridad y la vida de los ciudadanos.

¿Cuándo un robo se considera agravado?

La nueva legislación establece diferentes circunstancias que pueden convertir un robo en agravado.

Entre ellas se encuentran el uso de un vehículo de motor para cometer el delito; que el hecho ocurra en terminales o puntos de acceso al transporte público; que esté precedido por la destrucción o deterioro de bienes de la víctima; y el uso de máscaras o disfraces para ocultar el rostro.

También se consideran agravantes la comisión del robo durante la noche y que el responsable sea empleado o asalariado de la víctima, circunstancias que ya estaban contempladas en la legislación anterior.

Penas más severas por bienes públicos

La legislación establece además un tratamiento más severo cuando el robo afecta bienes pertenecientes al Estado o destinados a servicios públicos.

El artículo 226 contempla entre las circunstancias agravantes que la sustracción recaiga sobre bienes del dominio público o privado del Estado, así como sobre bienes privados destinados a la prestación de un servicio público.

En estos casos, dependiendo de las circunstancias establecidas por la legislación, las penas pueden alcanzar los 20 años de prisión.

También habrá sanciones para quienes comercialicen objetos robados

El Código Penal no limita las sanciones únicamente a quienes ejecuten directamente el robo.

La normativa también establece consecuencias para las personas que vendan, permuten, empeñen o comercialicen bienes de procedencia ilícita.

Estas conductas pueden ser castigadas con penas de cinco a 10 años de prisión y multas de entre 20 y 30 salarios mínimos del sector público, conforme a las disposiciones relativas al comercio de objetos sustraídos.

Estafas piramidales e inmobiliarias reciben mayores sanciones

Durante el encuentro con periodistas, Reynoso también destacó el endurecimiento de las sanciones contra determinadas modalidades de estafa, particularmente las piramidales y las relacionadas con el sector inmobiliario.

La procuradora explicó que las autoridades han conocido expedientes de estafas piramidales con miles de víctimas, llegando algunos casos a involucrar hasta 4,000 afectados.

La legislación contempla penas de 10 a 20 años de prisión para determinadas modalidades agravadas de estafa piramidal.

En cuanto a las estafas inmobiliarias, Reynoso manifestó preocupación por la cantidad de casos que llegan al Ministerio Público, especialmente porque muchas de las víctimas destinan sus ahorros a la adquisición de su primera vivienda.

La normativa considera agravada esta modalidad cuando una persona vende o promueve inmuebles y recibe total o parcialmente el precio acordado sin cumplir lo pactado, así como cuando un mismo inmueble es comercializado en dos o más ocasiones, conforme a las condiciones establecidas por la ley.

Ministerio Público asegura estar preparado

Reynoso destacó además que el nuevo Código Penal incorpora figuras y modificaciones relevantes para la persecución criminal, entre ellas la tipificación del feminicidio, el hostigamiento y el sicariato, así como disposiciones relacionadas con la responsabilidad de autores intelectuales y materiales.

Aunque reconoció que la nueva legislación puede ser objeto de futuras mejoras, sostuvo que representa un avance para el sistema penal dominicano.

La procuradora aseguró que el Ministerio Público se preparó previamente para la implementación de las nuevas disposiciones, tanto en la capacitación de fiscales y personal técnico como en la atención a las víctimas.

Asimismo, afirmó que la institución dispone de los recursos necesarios para asumir la persecución de los delitos contemplados en la nueva legislación penal.

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